La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por segunda ocasión una Ley de Comunicación Social de Veracruz, al concluir que el Congreso estatal legisló sobre una materia reservada al Congreso de la Unión. La resolución fue respaldada por ocho integrantes del Pleno y dejó sin efectos la totalidad de la Ley número 841.
El ordenamiento fue aprobado por la LXV Legislatura estatal y promulgado el 15 de marzo de 2021, durante el gobierno de Cuitláhuac García Jiménez. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió en abril de ese año la acción de inconstitucionalidad 69/2021, con cuestionamientos relacionados con la asignación de publicidad oficial y las reglas para contratar medios de comunicación.
La competencia federal, eje de la resolución
El proyecto presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzos planteó que la reforma constitucional de 2014 otorgó de manera específica al Congreso de la Unión la facultad de expedir la legislación sobre propaganda gubernamental. Esa atribución comprende también la definición de infracciones y sanciones por incumplir las disposiciones de comunicación social.
Con ese argumento, el Pleno determinó que el Congreso de Veracruz carecía de competencia para emitir la Ley 841. La decisión ocurre después de que la Corte invalidara en 2021 la Ley 248, también por fallas legislativas. Tras aquel fallo, el Congreso local aprobó un nuevo marco normativo que ahora vuelve a ser anulado por invasión de atribuciones federales.
- Ley 248: fue invalidada por la SCJN en 2021.
- Ley 841: aprobada por la LXV Legislatura y publicada el 15 de marzo de 2021.
- Acción de inconstitucionalidad: promovida por la CNDH con el número 69/2021.
Cuestionamientos sobre publicidad oficial
La CNDH también señaló que la legislación dejaba en manos de autoridades administrativas decisiones sobre los medios que podían ser contratados y sobre la integración del Padrón Estatal de Medios de Comunicación. De acuerdo con el planteamiento de la comisión, la ausencia de reglas suficientes para asignar y contratar publicidad oficial podía vulnerar el artículo 134 de la Constitución y la libertad de expresión.
El fallo alcanzó todas las disposiciones de la Ley 841. Sin embargo, el Pleno rechazó ampliar la invalidez a los reglamentos, lineamientos y demás disposiciones generales que los entes públicos de Veracruz hubieran expedido o modificado con fundamento en ese ordenamiento. La propuesta para extender la resolución a esas normas secundarias fue planteada en el proyecto, pero no obtuvo el respaldo de la mayoría.
| Elemento | Dato |
|---|---|
| Norma invalidada | Ley número 841 |
| Promulgación | 15 de marzo de 2021 |
| Promovente | Comisión Nacional de los Derechos Humanos |
| Resolución | Invalidez por invasión de facultades federales |